CORREPI SUR solicita apoyo para la campaña por el refugio político a luchador popular peruano.

A todas las organizaciones sociales, políticas y de derechos humanos:
Solicitamos su solidaridad para lograr que el gobierno argentino le otorgue el refugio político a César Enrique Caballero Melgarejo, ex preso político peruano, su esposa María del Rosario Dulanto Silva y la hija de ambos, Norah Amalia Caballero Dulanto, que llegaron a nuestro país perseguidos por las leyes antiterroristas del Perú. 
Recientemente, el Comité de Elegibilidad Para Refugiados (CEPARE), dependiente del ministerio del Interior argentino, rechazó el pedido de refugio de estos compañeros con argumentos falaces que desconocen absolutamente la realidad actual del Perú. Esta resolución significa además la violación a los convenios internacionales firmados por Argentina respecto del asilo a perseguidos políticos.
A continuación, adjuntamos un documento donde se explican los pormenores del caso y se exige a las autoridades argentinas el reconocimiento de este derecho para la familia Caballero- Dulanto, qu e está siendo patrocinada por Martin ALDERETE, de CORREPI SUR.
Solicitamos su firma y la difusión de este tema, así como la participación en las actividades que eventualmente se acuerde realizar para lograr el otorgamiento del refugio político de estos compañeros en nuestro país.
 
 
 
EXIGIMOS REFUGIO POLITICO PARA LA FAMILIA CABALLERO- DULANTO
 
El 6 de abril de 1993, César Enrique Caballero Melgarejo fue detenido en Lima, Perú, por un incidente callejero. César era obrero y estudiante universitario, lo cual, en aquellos tiempos de la feroz persecución política del gobierno de Fujimori, era sinónimo de “terrorista”. Con declaraciones de testigos presionados por amenazas y torturas, fue acusado por terrorismo y juzgado por los Tribunales Especiales Antiterroristas, constituidos por jueces militares con identidad secreta, tristemente conocidos como los “tribunales sin rostro”. En estos procesos no existía el derecho de defensa de los acusados y la prueba fundamental consistía en el “atestado policial” que es el dictamen que realiza la policía política (DINCOTE) en cada caso que interviene. Con esta farsa legal el compañero fue condenado a 20 años de prisión.
           En el penal sufrió las terribles condiciones de detención que eran comunes a los presos políticos peruanos: torturas sistemáticas, castigos, aislamiento, falta de alimento, de abrigo, de higiene y de luz natural, y constantes trabas para permitir la visita de sus familiares.
           La lucha popular y las constantes denuncias por estas violaciones a los derechos humanos, que transgredían todos los pactos internacionales firmados por el Estado peruano, presionaron al Tribunal Constitucional de ese país para que exigiera la modificación de las leyes antiterroristas. En 2003, una reforma legislativa ordenó anular los procesos “antiterroristas” en trámite o con sentencia firme, sólo respecto de la participación de jueces y fiscales “sin rostro”. Por lo tanto, las causas fueron reiniciadas, esta vez con jueces y fiscales identificados, pero sigue vigente hasta hoy el fuero especial “antiterrorista” y la consideración como “plena prueba” del  denominado “atestado policial”.
           Con el reinicio de las causas, los detenidos eran informados de la apertura del proceso y de la orden de detención por la cual seguirían privados de su libertad. Esto nunca le fue notificado a César Caballero Melgarejo, porque su expediente había desaparecido. Pese a esto, y a que no existía ninguna orden judicial por la cual pudiera estar privado de su libertad, ya que la sentencia en su contra había sido declarada nula, siguió detenido dos años más. Solo después de la presentación de dos recursos de Hábeas Corpus el compañero recuperó su libertad, en marzo de 2005, tras 12 años de prisión.
           Pero el hostigamiento policial no se detuvo, y ante la falta de garantías y derechos (que significaban la continuidad de las políticas de persecución y amedrentamiento por parte del Estado peruano), el compañero no tuvo otra opción que salir de su país para salvar su vida y su libertad. El 25 de octubre de 2005 llegó a la Argentina junto con su esposa María del Rosario Dulanto Silva y la hija de ambos, Norah Amalia Caballero Dulanto. María Dulanto Silva también había sido hostigada por personal de la policía política (DINCOTE) a partir de la detención de su marido, e inclusive se la quiso involucrar en una causa en el año 1995 por la cual estuvo detenida unos días. Esta persecución aumentó tras la liberación del compañero, situación que obligó a toda la familia a salir del Perú y solicitar el refugio político en Argentina.
           Sin embargo, en una resolución fechada el 28 de junio de 2007, el Comité de Elegibilidad Para Refugiados (CEPARE), dependiente del ministerio del Interior argentino, le niega el refugio a estos compañeros argumentando que en el Perú se encontraba plenamente restablecido “el Estado de Derecho y el respeto a las libertades individuales y al debido proceso”, y que los compañeros no tenían “motivos fundados” para temer por su situación.
           Esto constituye una falacia total, ya que, como se dijo, siguen vigentes en Perú los fueros especiales “antiterroristas” y una cantidad de normas que permiten a ese Estado continuar ejerciendo la persecución política y la estigmatización de los luchadores opositores con el rótulo de “terroristas”. La falta de garantías mínimas para los detenidos por razones políticas –e incluso para sus abogados–, y la continuidad de las prácticas represivas más aberrantes (torturas, detenciones arbitrarias, homicidios) cometidas impunemente por las fuerzas de seguridad, siguen existiendo en el Perú. Incluso el pasado 22 de julio se promulgó el Decreto Legislativo nº 985 que amplía los supuestos de “terrorismo” a hechos como “dar alojamiento” a un miembro de una “organización terrorista” o “trasladarlo de un lugar a otro”, y pocos días después se aprobó otra norma que deja al libre criterio de las fuerzas policiales y militares el uso de la fuerza.
           Además, el actual presidente del Perú, Alan García, está acusado por la muerte de más de un centenar de presos políticos en el penal de “El Frontón” en 1986, que fueron asesinados cuando ya se habían rendido luego de un motín, y por innumerables crímenes cometidos por grupos paramilitares durante su anterior gobierno. Su actual vicepresidente, el almirante (RE) Luis Giampetri Rojas, fue el responsable militar del fusilamiento en el penal de “El Frontón”.
Por otra parte, la Coordinadora de Derechos Humanos del Perú y organismos internacionales como Amnesty International han denunciado en múltiples ocasiones la continuidad de la represión y la criminalización de los conflictos sociales y de las prácticas de persecución, amenazas y todo tipo de abusos cometidos por el Estado. Incluso en un informe presentado este año, Amnesty International manifiesta su preocupación por la existencia de cuatro anteproyectos de ley, promovidos por el Poder Ejecutivo, que establecen la pena de muerte, uno de los cuales lo pide para casos de “terrorismo”.
Asimismo, estos organismos de Derechos Humanos denuncian constantemente que no existen garantías judiciales para los acusados de “terrorismo” ni su derecho de defensa. Es por todo esto que denegar el refugio a los compañeros es condenarlos a la persecución política y judicial que les espera si son extraditados al Perú.
             Las organizaciones abajo firmantes entendemos que denegar el pedido de refugio político a la familia Caballero- Dulanto implicaría una violación a los convenios internacionales firmados por nuestro país, y por lo tanto resultaría un hecho ilegal e ilegítimo. Por todo esto, y ante el peligro que indudablemente corren estos compañeros exigimos a las autoridades argentinas el reconocimiento de su derecho al refugio político en nuestro país, que resulta por el momento la única garantía con la que esta familia cuenta para resguardar su vida, su integridad física y su libertad.  
 
 Teléfono de contacto: 15-5-499-2811 (Martín ALDERETE, patrocinante de la familia CABALLERO - DURANTO).
 
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