CORREPI SUR solicita apoyo para la campaña
por el refugio político a luchador popular peruano.
A todas las organizaciones sociales, políticas y de derechos
humanos:
Solicitamos su
solidaridad para lograr que el gobierno argentino le otorgue el refugio
político a César Enrique Caballero Melgarejo, ex preso político peruano,
su esposa María del Rosario Dulanto Silva y la hija de ambos, Norah
Amalia Caballero Dulanto, que llegaron a nuestro país perseguidos por
las leyes antiterroristas del Perú.
Recientemente, el
Comité de Elegibilidad Para Refugiados (CEPARE), dependiente del
ministerio del Interior argentino, rechazó el pedido de refugio de estos
compañeros con argumentos falaces que desconocen absolutamente la
realidad actual del Perú. Esta resolución significa además la violación
a los convenios internacionales firmados por Argentina respecto del
asilo a perseguidos políticos.
A continuación,
adjuntamos un documento donde se explican los pormenores del caso y se
exige a las autoridades argentinas el reconocimiento de este derecho
para la familia Caballero- Dulanto, qu e está siendo patrocinada por
Martin ALDERETE, de CORREPI SUR.
Solicitamos su
firma y la difusión de este tema, así como la participación en las
actividades que eventualmente se acuerde realizar para lograr el
otorgamiento del refugio político de estos compañeros en nuestro país.
EXIGIMOS REFUGIO
POLITICO PARA LA FAMILIA CABALLERO- DULANTO
El 6 de abril de 1993,
César Enrique Caballero Melgarejo fue detenido en Lima, Perú, por un
incidente callejero. César era obrero y estudiante universitario, lo
cual, en aquellos tiempos de la feroz persecución política del gobierno de
Fujimori, era sinónimo de “terrorista”. Con declaraciones de testigos
presionados por amenazas y torturas, fue acusado por terrorismo y juzgado
por los Tribunales Especiales Antiterroristas, constituidos por jueces
militares con identidad secreta, tristemente conocidos como los “tribunales
sin rostro”. En estos procesos no existía el derecho de defensa de los
acusados y la prueba fundamental consistía en el “atestado policial” que es
el dictamen que realiza la policía política (DINCOTE) en cada caso que
interviene. Con esta farsa legal el compañero fue condenado a 20 años de
prisión.
En el penal
sufrió las terribles condiciones de detención que eran comunes a los presos
políticos peruanos: torturas sistemáticas, castigos, aislamiento, falta de
alimento, de abrigo, de higiene y de luz natural, y constantes trabas para
permitir la visita de sus familiares.
La lucha
popular y las constantes denuncias por estas violaciones a los derechos
humanos, que transgredían todos los pactos internacionales firmados por el
Estado peruano, presionaron al Tribunal Constitucional de ese país para que
exigiera la modificación de las leyes antiterroristas. En 2003, una reforma
legislativa ordenó anular los procesos “antiterroristas” en trámite o con
sentencia firme, sólo respecto de la participación de jueces y fiscales “sin
rostro”. Por lo tanto, las causas fueron reiniciadas, esta vez con jueces y
fiscales identificados, pero sigue vigente hasta hoy el fuero especial
“antiterrorista” y la consideración como “plena prueba” del denominado
“atestado policial”.
Con el reinicio
de las causas, los detenidos eran informados de la apertura del proceso y de
la orden de detención por la cual seguirían privados de su libertad. Esto
nunca le fue notificado a César Caballero Melgarejo, porque su expediente
había desaparecido. Pese a esto, y a que no existía ninguna orden
judicial por la cual pudiera estar privado de su libertad, ya que la
sentencia en su contra había sido declarada nula, siguió detenido dos
años más. Solo después de la presentación de dos recursos de Hábeas
Corpus el compañero recuperó su libertad, en marzo de 2005, tras 12 años de
prisión.
Pero el
hostigamiento policial no se detuvo, y ante la falta de garantías y derechos
(que significaban la continuidad de las políticas de persecución y
amedrentamiento por parte del Estado peruano), el compañero no tuvo otra
opción que salir de su país para salvar su vida y su libertad. El 25 de
octubre de 2005 llegó a la Argentina junto con su esposa María del
Rosario Dulanto Silva y la hija de ambos, Norah Amalia Caballero
Dulanto. María Dulanto Silva también había sido hostigada por personal
de la policía política (DINCOTE) a partir de la detención de su marido, e
inclusive se la quiso involucrar en una causa en el año 1995 por la cual
estuvo detenida unos días. Esta persecución aumentó tras la liberación del
compañero, situación que obligó a toda la familia a salir del Perú y
solicitar el refugio político en Argentina.
Sin embargo,
en una resolución fechada el 28 de junio de 2007, el Comité de Elegibilidad
Para Refugiados (CEPARE), dependiente del ministerio del Interior argentino,
le niega el refugio a estos compañeros argumentando que en el Perú se
encontraba plenamente restablecido “el Estado de Derecho y el respeto a las
libertades individuales y al debido proceso”, y que los compañeros no tenían
“motivos fundados” para temer por su situación.
Esto constituye
una falacia total, ya que, como se dijo, siguen vigentes en Perú los fueros
especiales “antiterroristas” y una cantidad de normas que permiten a ese
Estado continuar ejerciendo la persecución política y la estigmatización de
los luchadores opositores con el rótulo de “terroristas”. La falta de
garantías mínimas para los detenidos por razones políticas –e incluso para
sus abogados–, y la continuidad de las prácticas represivas más aberrantes
(torturas, detenciones arbitrarias, homicidios) cometidas impunemente por
las fuerzas de seguridad, siguen existiendo en el Perú. Incluso el pasado 22
de julio se promulgó el Decreto Legislativo nº 985 que amplía los supuestos
de “terrorismo” a hechos como “dar alojamiento” a un miembro de una
“organización terrorista” o “trasladarlo de un lugar a otro”, y pocos días
después se aprobó otra norma que deja al libre criterio de las fuerzas
policiales y militares el uso de la fuerza.
Además, el
actual presidente del Perú, Alan García, está acusado por la muerte de más
de un centenar de presos políticos en el penal de “El Frontón” en 1986, que
fueron asesinados cuando ya se habían rendido luego de un motín, y por
innumerables crímenes cometidos por grupos paramilitares durante su anterior
gobierno. Su actual vicepresidente, el almirante (RE) Luis Giampetri Rojas,
fue el responsable militar del fusilamiento en el penal de “El Frontón”.
Por otra parte, la
Coordinadora de Derechos Humanos del Perú y organismos internacionales como
Amnesty International han denunciado en múltiples ocasiones la continuidad
de la represión y la criminalización de los conflictos sociales y de las
prácticas de persecución, amenazas y todo tipo de abusos cometidos por el
Estado. Incluso en un informe presentado este año, Amnesty International
manifiesta su preocupación por la existencia de cuatro anteproyectos de ley,
promovidos por el Poder Ejecutivo, que establecen la pena de muerte, uno de
los cuales lo pide para casos de “terrorismo”.
Asimismo, estos organismos
de Derechos Humanos denuncian constantemente que no existen garantías
judiciales para los acusados de “terrorismo” ni su derecho de defensa. Es
por todo esto que denegar el refugio a los compañeros es condenarlos a la
persecución política y judicial que les espera si son extraditados al Perú.
Las
organizaciones abajo firmantes entendemos que denegar el pedido de refugio
político a la familia Caballero- Dulanto implicaría una violación a los
convenios internacionales firmados por nuestro país, y por lo tanto
resultaría un hecho ilegal e ilegítimo. Por todo esto, y ante el peligro que
indudablemente corren estos compañeros exigimos a las autoridades
argentinas el reconocimiento de su derecho al refugio político en nuestro
país, que resulta por el momento la única garantía con la que esta familia
cuenta para resguardar su vida, su integridad física y su libertad.
Teléfono de contacto:
15-5-499-2811 (Martín ALDERETE, patrocinante de la familia CABALLERO -
DURANTO).
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