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El
derecho de resistencia que establece el artículo 40 de esa
Constitución está plenamente vigente. ¿Se aprobó para que funcionara
mientras la República marchaba normalmente? No, porque era para la
Constitución lo que un bote salvavidas es para una nave en alta mar,
que no se lanza al agua sino cuando la nave ha sido torpedeada por
enemigos emboscados en su ruta. Traicionada la Constitución de la
República y arrebatadas al pueblo todas sus prerrogativas, sólo le
quedaba ese derecho, que ninguna fuerza le puede quitar, el derecho
a resistir a la opresión y a la injusticia. Si alguna duda queda,
aquí está un artículo del Código de Defensa Social, que no debió
olvidar el señor fiscal, el cual dice textualmente: "Las autoridades
de nombramiento del Gobierno o por elección popular que no hubieren
resistido a la insurrección por todos los medios que estuvieren a su
alcance, incurrirán en una sanción de interdicción especial de seis
a diez años." Era obligación de los magistrados de la República
resistir el cuartelazo traidor del 10 de marzo. Se comprende
perfectamente que cuando nadie ha cumplido con la ley, cuando nadie
ha cumplido el deber, se envía a la cárcel a los únicos que han
cumplido con la ley y el deber.
No podréis negarme que el régimen de
gobierno que se le ha impuesto a la nación es indigno de su
tradición y de su historia. En su libro. El espíritu de las leyes,
que sirvió de fundamento a la moderna división de poderes,
Montesquieu distingue por su naturaleza tres tipos de gobierno: "el
Republicano, en que el pueblo entero o una parte del pueblo tiene el
poder soberano; el Monárquico, en que uno solo gobierna pero con
arreglo a Leyes fijas y determinadas; y el Despótico, en que uno
solo, sin Ley y sin regla, lo hace todo sin más que su voluntad y su
capricho." Luego añade: "Un hombre al que sus cinco sentidos le
dicen sin cesar que lo es todo, y que los demás no son nada, es
naturalmente ignorante, perezoso, voluptuoso." "Así como es
necesaria la virtud en una democracia, el honor en una monarquía,
hace falta el temor en un gobierno despótico; en cuanto a la virtud,
no es necesaria, y en cuanto al honor, sería peligroso."
El derecho de rebelión contra el
despotismo, señores magistrados, ha sido reconocido, desde la más
lejana antigüedad hasta el presente, por hombres de todas las
doctrinas, de todas las ideas y todas las creencias.
En las monarquías teocráticas de las
más remota antigüedad china, era prácticamente un principio
constitucional que cuando el rey gobernase torpe y despóticamente,
fuese depuesto y reemplazado por un príncipe virtuoso.
Los pensadores de la antigua India
ampararon la resistencia activa frente a las arbitrariedades de la
autoridad. Justificaron la revolución y llevaron muchas veces sus
teorías a la práctica. Uno de sus guías espirituales decía que "una
opinión sostenida por muchos es más fuerte que el mismo rey. La soga
tejida por muchas fibras es suficiente para arrastrar a un león."
Las ciudades estados de Grecia y la
República Romana, no sólo admitían sino que apologetizaban la muerte
violenta de los tiranos.
En la Edad Media, Juan de Salisbury en
su Libro de hombre de Estado, dice que cuando un príncipe no
gobierna con arreglo a derecho y degenera en tirano, es lícita y
está justificada su deposición violenta. Recomienda que contra el
tirano se use el puñal aunque no el veneno.
Santo Tomás de Aquino, en la Summa
Theologíca, rechazó la doctrina del tiranicidio, pero sostuvo, sin
embargo, la tesis de que los tiranos debían ser depuestos por el
pueblo.
Martín Lutero proclamó que cuando un
gobierno degenera en tirano vulnerando las leyes, los súbditos
quedaban librados del deber de obediencia. Su discípulo Felipe
Melanchton sostiene el derecho de resistencia cuando los gobiernos
se convierten en tirano. Calvino, el pensador más notable de la
Reforma desde el punto de vista de las ideas políticas, postula que
el pueblo tiene derecho a tomar las armas para oponerse a cualquier
usurpación.
Nada menos que un jesuita español de
la época de Felipe II, Juan Mariana, en su libro De Rege et Regis
Institutione, afirma que cuando el gobernante usurpa el poder, o
cuando, elegido, rige la vida pública de manera tiránica, es lícito
el asesinato por un simple particular, directamente, o valiéndose
del engaño, con el menor disturbio posible.
El escritor francés Francisco Hotman
sostuvo que entre gobernantes y súbditos existe el vínculo de un
contrato, y que el pueblo puede alzarse en rebelión frente a la
tiranía de los gobiernos cuando éstos violan aquel pacto.
Por esa misma época aparece también un
folleto que fue muy leído, titulado Vindiciae Contra Tyrannos,
firmado bajo el seudónimo de Stephanus Junius Brutus, donde se
proclama abiertamente que es legítima la resistencia a los gobiernos
cuando oprimen al pueblo y que era deber de los magistrados
honorables encabezar la lucha.
Los reformadores escoceses Juan Knox y
Juan Poynet sostuvieron este mismo punto de vista, y en el libro más
importante de ese movimiento, escrito por Jorge Buchnam, se dice que
si el gobierno logra el poder sin contar con el consentimiento del
pueblo o rige los destinos de éste de una manera injusta y
arbitraria, se convierte en tirano y puede ser destituido o privado
de la vida en el último caso.
Juan Altusio, jurista alemán de
principios del siglo XVII, en su Tratado de política, dice que la
soberanía en cuanto autoridad suprema del Estado nace del concurso
voluntario de todos sus miembros; que la autoridad suprema del
Estado nace del concurso voluntario del gobierno arranca del pueblo
y que su ejercicio injusto, extralegal o tiránico exime al pueblo
del deber de obediencia y justifica la resistencia y la rebelión.
Hasta aquí, señores magistrados, he
mencionado ejemplos de la Antigüedad, la Edad Media y de los
primeros tiempos de la Edad Moderna: escritores de todas las ideas y
todas las creencias. Más, como veréis, este derecho está en la raíz
misma de nuestra existencia política, gracias a él vosotros podéis
vestir hoy esas togas de magistrados cubanos que ojalá fueran para
la justicia.
Sabido es que en Inglaterra, en el
siglo XVII, fueron destronados dos reyes, Carlos I y Jacobo II, por
actos de despotismo. Estos hechos coincidieron con el nacimiento de
la filosofía política liberal, esencia ideológica de una nueva clase
social que pugnaba entonces por romper las cadenas del feudalismo.
Frente a las tiranías de derecho divino esa filosofía opuso el
principio del contrato social y el consentimiento de los gobernados,
y sirvió de fundamento a la revolución inglesa de 1688, y a las
revoluciones americana y francesa de 1775 y 1789. Estos grandes
acontecimientos revolucionarios abrieron el proceso de liberación de
las colonias españolas en América, cuyo último eslabón fue Cuba. En
esta filosofía se alimentó nuestro pensamiento político y
constitucional que fue desarrollándose desde la primera Constitución
de Guáimaro hasta la del 1940, influida esta última ya por las
corrientes socialistas del mundo actual que consagraron en ella el
principio de la función social de la propiedad y el derecho
inalienable del hombre a una existencia decorosa, cuya plena
vigencia han impedido los grandes intereses creados.
El derecho de
insurrección contra la tiranía recibió entonces su consagración
definitiva y se convirtió en postulado esencial de la libertad
política.
Ya en 1649 Juan Milton escribe que el
poder político reside en el pueblo, quien puede nombrar y destituir
reyes, y tiene el deber de separar a los tiranos.
Juan Locke en su Tratado de gobierno
sostiene que cuando se violan los derechos naturales del hombre, el
pueblo tiene el derecho y el deber de suprimir o cambiar de
gobierno. "El único remedio contra la fuerza sin autoridad está en
oponerle la fuerza."
Juan Jacobo Rousseau dice con mucha
elocuencia en su Contrato Social: "Mientras un pueblo se ve forzado
a obedecer y obedece, hace bien; tan pronto como puede sacudir el
yugo y lo sacude, hace mejor, recuperando su libertad por el mismo
derecho que se la han quitado." "El más fuerte no es nunca
suficientemente fuerte para ser siempre el amo, si no transforma la
fuerza en derecho y la obediencia en deber. [...] La fuerza es un
poder físico; no veo qué moralidad pueda derivarse de sus efectos.
Ceder a la fuerza es un acto de necesidad, no de voluntad; todo lo
más es un de prudencia. ¿En qué sentido podrá ser esto un deber?"
"Renunciar a la libertad es renunciar a la calidad del hombre, a los
derechos de la Humanidad, incluso a sus deberes. No hay recompensa
posible para aquel que renuncia a todo. Tal renuncia es incomparable
con la naturaleza del hombre, y quitar toda la libertad a la
voluntad es quitar toda la moralidad a las acciones. En fin, es una
convicción vana y contradictoria estipular por una parte con una
autoridad absoluta y por otra con una obediencia sin límites..."
Thomas Paine dijo que "un hombre justo
es más digno de respeto que un rufián coronado".
Sólo escritores reaccionarios se
opusieron a este derecho de los pueblos, como aquel clérigo de
Virginia, Jonathan Boucher, quien dijo que "El derecho a la
revolución era una doctrina condenable derivada de Lucifer, el padre
de las rebeliones".
La Declaración de Independencia del
Congreso de Filadelfia el 4 de julio de 1776, consagró este derecho
en un hermoso párrafo que dice: "Sostenemos como verdades evidentes
que todos los hombres nacen iguales; que a todos les confiere su
Creador ciertos derechos inalienables entre los cuales se cuentan la
vida, la libertad y la consecución de la felicidad; que para
asegurar estos derechos se instituyen entre los hombres gobiernos
cuyos justos poderes derivan del consentimiento de los gobernados;
que siempre que una forma de gobierno tienda a destruir esos fines,
al pueblo tiene derecho a reformarla o abolirla, e instituir un
nuevo gobierno que se funde en dichos principios y organice sus
poderes en la forma que a su juicio garantice mejor su seguridad y
felicidad."
La famosa Declaración Francesa de los
Derechos del Hombre legó a las generaciones venideras este
principio: "Cuando el gobierno viola los derechos del pueblo, la
insurrección es para éste el más sagrado de los derechos y el más
imperioso de los deberes." "Cuando una persona se apodera de la
soberanía debe ser condenada a muerte por los hombres libres."
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